Pedimento Empresarial It is a tool that optimizes the control of foreign trade operations and streamlines accounting and tax areas.

Request a consultation with an agent.

(55) 2628 3472 y (55) 2628 3590

ventas@imarsistemas.com

Estado de México, Monterrey, Querétaro, Guadalajara, Saltillo.

2025 Aduanas Comercio Exterior

Reforma al Artículo 59 de la Ley Aduanera: un nuevo estándar de fiscalización y trazabilidad documental en el comercio exterior mexicano.

La Reforma a la Ley Aduanera, redefine por completo las responsabilidades operativas y fiscales de quienes participan en el comercio exterior mexicano. Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la reforma al artículo 59, fracción V, que transforma el concepto y alcance del expediente de comercio exterior.

Un cambio estructura en la gestión documental

Hasta ahora, el expediente de comercio exterior debía integrar los documentos electrónicos relacionados con cada operación: pedimentos, facturas, acuses y anexos. Sin embargo, la reforma propuesta amplía significativamente su alcance al exigir también la documentación que acredite los recursos empleados para efectuar la operación, dando paso a un nuevo paradigma de trazabilidad y materialidad aduanera.

La reforma detalla que el expediente deberá incluir, de manera enunciativa pero no limitativa:

  1. La garantía a que se refiere el artículo 36-A, fracción I, inciso e) de la Ley Aduanera.
  2. Los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet).
  3. Las facturas comerciales o documentos equivalentes.
  4. Las transferencias electrónicas de pago o cartas de crédito.
  5. Los gastos de transporte, seguros y servicios conexos.
  6. Los contratos relacionados con la transacción de la mercancía.
  7. La documentación que sustente los incrementables y decrementables conforme a los artículos 65 y 66.
  8. Cualquier otro documento o registro que demuestre la efectiva realización de la operación de comercio exterior.

Un nuevo nivel de fiscalización aduanera

De acuerdo con los objetivos de la reforma, el propósito central es fortalecer la fiscalización y transparencia en las operaciones de comercio exterior, permitiendo a la autoridad verificar el origen de los recursos, la materialidad de las transacciones y la autenticidad de los documentos electrónicos.

Esta modificación representa una respuesta directa de subvaluación, triangulación y uso de documentación apócrifa detectadas en los últimos años. Al exigir una trazabilidad integral, la reforma al artículo 59 busca cerrar los márgenes de riesgo en la determinación del valor en aduana y aumentar la capacidad de la autoridad para detectar operaciones simuladas.

Impacto en importadores, exportadores y agentes aduanales

Para los importadores y exportadores, esta reforma implica una carga probatoria más robusta: ya no bastará con conservar el pedimento y sus anexos. Será necesario mantener un control documental permanente y automatizado, con evidencia del flujo financiero de cada operación.

Por su parte, los agentes aduanales enfrentan un mayor riesgo operativo, ya que la reforma elimina excluyentes de responsabilidad y les impone una verificación activa de la solvencia e infraestructura de sus clientes.

En conjunto, estos cambios conducen hacia un entorno de compliance aduanero más exigente, donde la materialidad se consolidad como elemento central de cumplimiento fiscal y de negocio.

Recomendación IMAR: gestionar el riesgo con herramientas tecnológicas

Desde IMAR Sistemas consideramos que esta reforma marca el inicio de una nueva etapa en la fiscalización digital del comercio exterior mexicano. Las empresas deben anticiparse implementando:

  • Sistemas de gestión documental automatizados, que integren comprobantes, pagos y contratos por operación.
  • Auditorías electrónicas internas que aseguren la integridad y trazabilidad del expediente.
  • Evaluaciones de riesgo que identifiquen operaciones vulnerables a sanciones o multas aduaneras.

Conclusión

La reforma al artículo 59 de la Ley Aduanera no solo actualiza un requisito documenta: redefine la relación entre los contribuyentes y la autoridad aduanera. Frente aun modelo de fiscalización más profundo, concurrente y tecnológicamente asistido, la clave será prevenir, digitalizar y controlar cada elemento que sustente la operación.

La nueva era del “expediente inteligente de comercio exterior” ha comenzado

Leave a comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *