Manifestación de Valor Electrónica: implicaciones, ajustes y recomendaciones para una transición ordenada
Diciembre 2025 – IMAR Sistemas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó mediante el Comunicado 65/2025, publicado el 8 de diciembre de 2025, que la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) cuya transmisión a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) estaba prevista para el 9 de diciembre 2025, será exigible a partir del 1 de abril de 2026.
Hasta el 31 de marzo de 2026, los importadores podrán cumplir con la obligación de la manifestación de valor ya sea mediante la VUCEM o bajo el esquema tradicional, sin sanciones. El SAT señaló que esta prórroga busca garantizar una transición ordena hacia el esquema electrónico y brindar claridad operativa al sector.
¿Qué implica la MVE para los importadores y agentes aduanales?
La MVE es un documento digital que declara el valor real de las mercancías importadas y permite a la autoridad verificar que los impuestos al comercio exterior se calculen correctamente. Este formato sustituye la presentación física y se transmitirá mediante VUCEM, utilizando la e.firma del importador.
El folio electrónico o e-document generado deberá declararse en el pedimento correspondiente y conservarse junto con la documentación soporte por al menos cinco años, conforme al artículo 30 del Código Fiscal de la Federación.
Recomendaciones IMAR
Cumplimiento normativo
- Verificar que los datos declarados en la MVE coincidan fielmente con los capturados en COVES y pedimentos.
- Conservar digitalmente los documentos soporte durante cinco años.
Cumplimiento operativo
- Hay que confirmar que la e.firma y los sellos digitales estén vigentes y asociados correctamente al RFC de la empresa.
- Digitalizar todos los documentos anexos en VUCEM con su clave de e-document antes de adjuntarlos a la MVE.
Control y trazabilidad
- Implementar un expediente electrónico de comercio exterior que integre pedimentos, COVEs, MVE y sus acuses de recepción.
- Registrar internamente fecha y hora de transmisión de cada MVE para mantener trazabilidad documental y auditoría confiable.
Gestión y mejora continua
- Capacitar periódicamente al personal operativo de comercio exterior en el uso del módulo de Manifestación de Valor Empresarial (MVE IMAR).
- Validar mensualmente la coherencia entre la información declarada en pedimentos y MVE enviadas.
- Dar seguimiento a las actualizaciones del SAT y VUCEM para ajustar los procesos operativos y de captura conforme a los nuevos lineamientos técnicos.
Conclusión: Hacia una fiscalización más digital y transparente.
La prórroga otorgada por el SAT no representa una pausa, sino una oportunidad estratégica para prepararse adecuadamente ante la transición digital. A partir de abril de 2026, el cumplimiento de la Manifestación de Valor Electrónica será un componente esencial del expediente de comercio exterior, estrechamente vinculado con la trazabilidad, material y determinación del valor en aduana. En IMAR Sistemas recomendamos aprovechar este periodo para auditar, digitalizar y automatizar los procesos internos mediante herramientas que garanticen consistencia y cumplimiento normativo.